Garantías en seguros de comercio

Algo que debes conocer bien para no poner en riesgo tu estabilidad económica, en caso de sufrir un grave percance, es el seguro de tu comercio. Puede que con tantas garantías, límites, exclusiones y normas te resulte algo pesado. Lógico, estos seguros se parecen bastante a una navaja multiusos llenas de herramientas. Unas conocidas, otras olvidadas, y algunas ni sabes que están ahí.

Para ayudarte voy a enumerar las principales garantías de los seguros de comercio. Las aseguradoras ofrecen nuevas garantías o sencillos retoques a lo ya existente, pero en demasiadas ocasiones solo es “mucho ruido y pocas nueces”. Lo más grave que pueda pasar en tu negocio ya se conoce (responsabilidad civil, robo, incendio, daños por agua,…) y que te asesoren por teléfono sobre un antivirus no es algo por lo que debas preocuparte. Los nombres pueden cambiar pero de forma resumida tienes:

1.- Incendio y similares (explosión o implosión, caída de rayo): siniestros que indemnizan de forma completa el daño sufrido, y la razón principal por la que hace años nacieron los seguros sobre los inmuebles.

2.- Riesgos derivados de la naturaleza: también se indemniza de forma completa el daño sufrido según los capitales contratados, pero tienen que darse unas condiciones para que se cubran. Los habituales son lluvia, viento, nieve, pedrisco, inundaciones, desembarro y extracción de lodos, etc.

3.- Riesgos diversos: como el impacto o colisión de diversos objetos sobre el inmueble (aeronaves, vehículos, animales), actos de vandalismo y malintencionados, ondas sónicas, humo o el derrame accidental de los sistemas automáticos de extinción de incendios.

4.- Gastos de salvamento y relacionados con daños materiales: los empleados para reducir los efectos del siniestro, extinción de incendios, demolición y desescombro, desbarre y extracción de lodos por inundación, llenado de equipos contra incendios, obtención de permisos y/o licencias, honorarios profesionales.

5.- Reposición de documentos: cubre el coste de reconstruir ciertos documentos (como escrituras o planos) que necesites para tu negocio y que se hayan visto afectados por un siniestro amparado en la póliza.

6.- Rotura de lunas, cristales, loza sanitaria, vitrocerámicas y placas solares: cubiertos en caso de su simple rotura accidental, sin necesidad de que sea consecuencia de un siniestro de mayor entidad.

7.- Daños por agua y de fontanería: Importante que no tenga un límite bajo, ni por su indemnización directa o su responsabilidad civil, ya que si inundas la propiedad de un vecino no puedes calcular a priori el alcance de los daños que ocasiones.

8.- Daños eléctricos: daños a las instalaciones y accesorios por cortocircuitos, subidas de tensión de la red, etc. Suelen existir límites en la cantidad máxima establecida, así como en el tipo de aparatos que se cubren.

9.- Gastos para la recomposición estética del continente: En caso de siniestro se restaurará la estética de la habitación dónde ocurriera el mismo. Es muy importante conocer el capital contratado, ya que reponer la apariencia del cuarto siniestrado suele ser caro.

10.- Pérdida de alquileres: en caso de ser arrendador te reembolsarán las rentas que hayas dejado de percibir durante el tiempo que duren las reparaciones a causa de un siniestro cubierto por la póliza.

11.- Desalojamiento, traslado temporal o inhabitabilidad: Si como consecuencia de un siniestro amparado por la póliza tienes que abandonar el local, la aseguradora te pagará los gastos para seguir con tu actividad en otro similar.

12.- Pérdidas de beneficios o consecuenciales: Si como consecuencia de un siniestro amparado por la póliza el negocio tiene que estar cerrado un tiempo, la aseguradora te indemnizará con un capital pactado previamente para hacer frente a los gastos fijos de la actividad.

13.- Pérdida de mercancía en frigoríficos: Un corte en el suministro de luz o una avería en los frigoríficos pueden echar a perder mucha mercancía valiosa según qué tipo de negocio. Suele tener algún tipo de franquicia.

14.- Avería de maquinaria, equipos electrónicos u ordenadores: Si en tu comercio dispones de maquinaria necesaria para tu actividad y resulta de un valor significativo te puede interesar cubrir un posible accidente de la misma.

15.- Transporte o traslado temporal de bienes: te aseguran tus mercancías que estén siendo transportadas por tus propios medios, o bien que estén temporalmente fuera de tu negocio por reparación, limpieza, en ferias, exposiciones, etc…

16.- Daños al local por robo: Los ladrones no van a ser cuidadosos a la hora de entrar, por lo que pueden causar bastantes destrozos tanto para entrar como para llevarse lo que les interesa.

17.- Robo y expoliación (atraco) a mercancías, clientes, empleados, visitantes o tomador: Por robo se entiende cuando los ladrones violan tu local forzando físicamente las medidas destinadas a evitar su entrada. Y por expoliación cuando además se produce con amenaza física contra las personas.

18.- Hurto: Se diferencia del robo y la expoliación en que en este caso la apropiación indebida se produce por un descuido tuyo, sin emplear fuerza o violencia en las cosas o personas.

19.- Dinero en efectivo en el comercio: La aseguradora cubre el dinero que se lleven los ladrones ya sea en caja fuerte, caja registradora o por fuera de estas, hasta una determinada cantidad. Lo habitual es que esté cubierto el robo de dinero en efectivo, pero no su hurto.

20.- Infidelidad de empleados: Por los robos, hurtos, o fraudes  que los empleados te hagan en el comercio. Recuerda que tiene que existir denuncia, y frecuentemente se aplica alguna franquicia.

21.- Atraco a cobradores y/o trasportador de fondos: Por si a la persona encargada de ingresar la caja del día sufre un robo en su traslado.

22.- Pérdida de llaves y cambio de cerradura: esta garantía tiene distinto alcance. Desde sólo cubrir el cambio de cerradura cuando esta ha sido forzada, a incluir la sustracción o el extravío de las llaves.

23.- Responsabilidad civil: tanto del propio inmueble que cubre los destrozos que ocasionen los elementos del comercio, como la responsabilidad del contenido, personas a tu cargo, de tus productos y/o servicios, como inquilinos, etc…

24.- Protección jurídica o reclamación de daños: tendrás cubiertos los gastos de abogado y procurador para reclamar a un tercero daños que hayas sufrido y similares a los que tienes cubiertos en tu póliza.

25- Asistencia al comercio: la aseguradora pone a tu disposición profesionales diversos (fontaneros, electricistas, cerrajeros, etc.) durante las 24 horas del día. Además dispones de servicio de guardamuebles, asesoramiento informático, personal de seguridad, etc…

Para finalizar, recuerda hacer un correcto mantenimiento de las instalaciones y los bienes para no tener problemas en caso de siniestro, y revisa la póliza leyendo las situaciones que más te preocupen para conocer el alcance de las garantías y las exclusiones que te puedan afectar. Por muy amplio que sean estos seguros es imposible prever todas las circunstancias que puedan ocurrir en tu comercio.

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  1. #1 por marketingventasparatodos el 16 de noviembre de 2012 - 19:59

    y desde luego cada póliza y cada compañía es un mundo ¡¡¡ muy interesante tu post, sobre todo para los que somos más «neófitos» en «este» tipo de seguros.
    Un saludo
    Rafael

    • #2 por David Torío el 17 de noviembre de 2012 - 13:15

      Totalmente de acuerdo con tu apreciación Rafael. Cada contrato es distinto, y los servicios de las compañías difieren mucho unas de otras. De ahí la importancia de tratar con buenos profesionales de nuestro lado.

      Simplemente con esta entrada intento enumerar las principales y más extendidas garantías.

      Saludos.

      • #3 por marketingventasparatodos el 17 de noviembre de 2012 - 20:27

        Algún día , habrá clientes que entiendan de una vez , la diferencia entre comprar un seguro en un banco o por internet (ojo que también hay buenos profesionales en la banca ¡¡¡) , y contar con el asesoramiento de un mediador profesional, y por desgracia, parte de culpa la tenemos todos, mediadores (agentes o corredores) , cias de seguros, y todos. Lo que si está claro es que cuando hay un «marrón» importante relacionado con un seguro comercializado por la banca, normalmente nos «comemos» el marrón todos. Un saludo de nuevo y buen finde. Rafa

  2. #4 por Audiref.com el 18 de noviembre de 2012 - 6:59

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